PAQUETE ÓMNIBUS DE SIMPLIFICACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA

El 9 de septiembre de 2024 se hizo público el “Informe Draghi: una estrategia de competitividad para Europa”. Este documento analiza los principales retos a los que se enfrentan la industria y las empresas en el Mercado Único, destacando la importancia de la “competitividad sostenible”, nueva orientación política para la Comisión que busca conciliar la competitividad y la productividad de las empresas europeas con el respeto al medio ambiente.

Basándose en las recomendaciones del informe Draghi, el 29 de enero de 2025, la Comisión Europea presentó la denominada Brújula para la Competitividad (“Competitiveness Compass”), cuyo objetivo es recuperar la competitividad de la Unión Europea (“UE”) a través de tres prioridades estratégicas: (i) la innovación; (ii) la descarbonización y la competitividad; y (iii) el aumento de la seguridad y la capacidad de diversificar y reducir las dependencias comerciales y de suministro.

La finalidad de esta iniciativa es que Europa se convierta en el epicentro de la invención, fabricación y comercialización de productos limpios, nuevas tecnologías y servicios al tiempo que se impulsa la neutralidad climática.

Para materializar estas metas, el 26 de febrero de 2025 la Comisión Europea adoptó el paquete de propuestas Ómnibus, concebido para simplificar la normativa de la UE e impulsar la competitividad, con el objetivo de la creación de un entorno empresarial más favorable que impulse el crecimiento, la innovación y la creación de empleo de calidad.

En esta línea, la Comisión se propone llevar a cabo un esfuerzo de simplificación que resulte en una reducción de al menos el 25% de las cargas administrativas (hasta un 35% en el caso de las pymes), que se traducirá en un ahorro estimando en costes administrativos de 6.300 millones de euros. Además, se prevé que este paquete de medidas incremente la capacidad de inversión público-privada en 50 millones de euros.

Este esfuerzo de simplificación se materializa en las propuestas de la Comisión Europea Ómnibus I y Ómnibus II que modifican tres normas clave: (i) la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (“CSRD”); (ii) la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (“CS3D”); y (iii) el marco de la Taxonomía de la UE.

 

1.Modificaciones a la CSRD

La CSRD exige a las empresas incluidas en su ámbito de aplicación que informen sobre una amplia gama de materias relativos a la sostenibilidad. Las modificaciones propuestas incluyen:

  • Se aplaza la obligación de presentar informes hasta 2028 para el caso de empresas grandes y matrices de grandes grupos; y hasta 2029 para las pymes.
  • Se aumentan de los umbrales de aplicación.
  • Se atenúa el llamado “efecto goteo” de la cadena de valor.
  • Y se suprimen los requisitos de futuras normas sectoriales específicas.

 

2. Modificaciones a la CS3D

La CS3D exige a las empresas incluidas en su ámbito de aplicación que ejerzan una diligencia debida obligatoria basada en el riesgo y tomen medidas para gestionar los impactos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, así como garantizar el acceso a la justicia a las víctimas de violaciones de derechos humanos. Las modificaciones propuestas incluyen:

  • Se aplaza la fecha de implementación de la Directiva.
  • Se limita el alcance de la diligencia debida a las propias operaciones y a los socios comerciales directos.
  • Se elimina la obligación de terminar las relaciones comerciales como último recurso si un impacto adverso real o potencial es grave y no puede gestionarse adecuadamente.
  • Se amplían los intervalos para supervisar la adecuación y eficacia de la diligencia debida pasando de anual a quinquenal.
  • Se elimina el régimen de responsabilidad civil y de acciones de representación, que pasará a determinarse en virtud de la legislación nacional de cada Estado miembro.
  • Se mantiene la obligación de adoptar planes climáticos con medidas de aplicación, pero se elimina la exigencia de “ponerlos en práctica”.

 

3. Modificaciones al Reglamento de Taxonomía

La finalidad del Reglamento que establece marco de la Taxonomía de la UE es proporcionar un lenguaje común para las finanzas sostenibles y establecer los criterios que deben cumplir las actividades económicas para ser consideradas “sostenibles desde el punto de vista medioambiental”. Las modificaciones propuestas incluyen:

  • Se limitan las obligaciones de presentación de informes a las empresas/grupos más grandes.
  • Se simplifican las plantillas proporcionadas para presentar la información sobre actividades medioambientales sostenibles.
  • Se ajustan los criterios de “no causar un perjuicio significativo” en relación con la contaminación.
  • Se flexibilizan los criterios técnicos de evaluación que definen los requisitos que debe cumplir una actividad económica para ser considerada sostenible.

La adopción del paquete de propuestas por la Comisión Europea ha generado reacciones encontradas. Algunos actores apoyan las medidas de simplificación, alegando que aliviará la labor burocrática de las empresas. Otros sectores, en cambio, lamentan la supresión de algunas de estas obligaciones —especialmente en materia de responsabilidad civil— y advierten del riesgo de que más que simplificar, las medidas propuestas resulten en una desregulación que diluya los progresos recientemente alcanzados en materia de derechos humanos y empresas, dificultando drásticamente el acceso de las víctimas a la justicia ante los tribunales de la UE.

El pasado 11 de marzo, el Consejo Europeo reabrió el debate sobre las propuestas del paquete Ómnibus, y todo apunta a que la discusión se extenderá durante los próximos meses.  De su desenlace dependerá en gran medida el equilibrio futuro entre la búsqueda de una mayor competitividad y la preservación de los principios que sustentan la protección medioambiental y de los derechos humanos en la UE.