Regulación de mercados digitales: Ley de mercados digitales

Autor: Suderow Fernandez Abogadas SLP

La UE en el marco de su estrategia digital está ultimando en estos momentos un ambicioso paquete normativo para regular las plataformas digitales y la economía digital.

La reforma pivota sobre la conocida como Digital Markets Act o Ley de Mercados Digitales que junto con la Ley de Servicios Digitales tiene por objeto regular las grandes plataformas digitales cuando al intermediar actúen como gatekeepers o guardianes de acceso.

1.    Definición del guardián de acceso o Gatekeeper

La Ley de Mercados Digitales define como Guardián de acceso con responsabilidades especiales derivadas de la naturaleza de la plataforma a una empresa que:

  • tiene una posición económica fuerte, un impacto significativo en el mercado interior y actividades en muchos países de la UE
  • tiene una sólida posición de intermediadora, lo que le permite poner en contacto a una amplia base de usuarios con un gran número de empresas
  • tiene (o está a punto de tener) una posición arraigada y duradera en el mercado, lo que significa que es estable a lo largo del tiempo.

2.    Obligaciones para el guardián de acceso o gatekeeper

En estos momentos el debate se centra en las obligaciones adicionales para este tipo de plataformas o guardianes de acceso Los principales ejemplos son:

Las plataformas deberán permitir los siguientes puntos:

  • Interacción con sus propios servicios a terceros en situaciones concretas
  • Acceso a los datos que genera al usar la plataforma
  • Verificación independiente de los anuncios alojados en la plataforma
  • Promoción de ofertas y contratos fuera de la plataforma

Quedan prohibidas las siguientes conductas:

  • Impedir la desinstalación de programas o aplicaciones preinstaladas
  • Impedir contacto entre consumidores y empresas fuera de la plataforma
  • Self preferencing

 3.   Enforcement: Investigación y sanciones

La Ley de Mercados Digitales tiene por objetivo reaccionar con rapidez ante posibles conductas contrarias. Para ello, la Comisión Europea podrá realizar investigaciones de mercado con el objeto de:

  • clasificar a una empresa como guardián de acceso
  • en su caso, actualizar dinámicamente las obligaciones de los guardianes de acceso
  • prever medidas correctoras para hacer frente a infracciones sistemáticas a las normas de la Ley de Mercados Digitales.

Finalmente, la Comisión podrá imponer sanciones de hasta el 10% del volumen de negocios del año anterior, sanciones coercitivas de hasta el 5% del volumen de negocios del año anterior o imponer medidas correctivas para obligar a una empresa a cambiar una determinada conducta.