Ley Crea y Crece

Autor: Clara Fernández López

El Congreso acaba de aprobar de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas cuyo objetivo es facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar su crecimiento y expansión.

La Ley «Crea y Crece» facilita la creación de una empresa, al reducir el coste económico y simplificar los trámites para su constitución.

Con este objetivo, se establece la posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro, frente al mínimo legal de 3.000 euros establecido hasta el momento, permitiendo a las empresas utilizar estos recursos en usos alternativo y facilitando la creación de nuevos negocios.

Asimismo, se facilita la constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción en los plazos para su creación y de los costes notariales y registrales.

En relación con las medidas para avanzar en la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la norma extiende la obligación de expedir y remitir factura electrónica en todas las relaciones comerciales a empresas y autónomos, para garantizar una mayor trazabilidad y control de pagos. Esta medida reducirá los costes de transacción y permitirá obtener información fiable, sistemática y ágil de los plazos efectivos de pago.

Asimismo, se establece que las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión.

Igualmente se incluye en la Ley de Sociedades de capital y la Ley de Morosidad la obligación de que las empresas grandes indiquen en sus memorias anuales el periodo medio de pago a sus proveedores o el número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad.

Por otra parte, esta ley incorpora medidas para mejorar los instrumentos de financiación empresarial alternativos a la financiación bancaria, como el crowdfunding o financiación participativa, la inversión colectiva y el capital riesgo.

En el ámbito del crowdfunding, se adapta la regulación nacional a la normativa europea, introduciendo más flexibilidad para que estas plataformas presten sus servicios en Europa. Además, se refuerza la protección de los inversores y se permite la creación de vehículos para agrupar a los inversores y así reducir costes de gestión. Para ampliar el universo de proyectos empresariales elegibles se elevan los umbrales de inversión por proyecto (de 2 a 5 millones de euros) y se modifican los límites de inversión por proyecto para inversores minoristas, que pasan a ser el más alto entre 1.000 euros o el 5% de la riqueza.

Igualmente, la norma impulsa la industria del capital riesgo, ampliándose el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades, incluyendo empresas financieras con un alto componente tecnológico.

Se amplían también las figuras reconocidas para fondos cerrados, incluyendo estructuras de amplia trayectoria en otros países del entorno como fondos de deuda que puedan invertir en préstamos, facturas o efectos comerciales, de cara a mejorar la financiación empresarial de entidades que hayan visto deteriorada su estructura financiera como consecuencia de la pandemia.

Respecto a las Instituciones de Inversión Colectiva, se elimina el carácter obligatorio del informe trimestral, se establecen los medios telemáticos como medio de comunicación por defecto y se flexibiliza el régimen de diversificación de inversiones de las entidades de capital riesgo.